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Pagina: Derechos del Ciudadano - Consejo de Transparencia y Participación
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En este apartado puede encontrar los formularios para presentar reclamaciones, denuncias, consultas, quejas y sugerencias ante el Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.
Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española y que son desarrollados por la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Se entiende por información pública el conjunto de contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid y que hayan sido elaborados, adquiridos o conservados en el ejercicio de sus funciones.
Toda persona podrá presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, con carácter potestativo y previo a su impugnación, contra la resolución desestimatoria, total o parcial de la solicitud de acceso a la información dictada por los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, cualquier persona está legitimada para presentar una reclamación o denuncia fundamentada en hechos materiales, cuando tuviera conocimiento, aún indiciario, de que las personas o entidades obligadas incumplen las obligaciones sobre publicidad activa establecidas en el Título II de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, o las obligaciones en materia de participación y colaboración ciudadana establecidas en el Título IV de la misma Ley.
El Consejo tramitará estas reclamaciones o denuncias, que podrán dar lugar a la incoación e instrucción de un expediente sancionador, de conformidad con lo establecido en el Título VI de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Reclamar o formular una reclamación o denuncia es su derecho. Puede hacerlo en los siguientes casos:
En el ámbito de Acceso a la Información:
- Si ha solicitado información a alguno de los sujetos obligados por la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, y se la han denegado, no está conforme con lo que le han contestado o bien no ha recibido una respuesta a sus preguntas, puede presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Participación, que se encargará de determinar si deben facilitarle la información.
- Si han contestado a su solicitud de información, tiene el plazo de un mes desde el día siguiente a la respuesta para presentar una reclamación ante el Consejo.
- Si no ha obtenido respuesta a su solicitud de información, una vez transcurrido el plazo de un mes desde que la presentó, puede presentar una reclamación ante el Consejo.
En el ámbito de la Publicidad Activa o de la Participación y Colaboración ciudadana:
- Puede una reclamación o denuncia ante el Consejo si ha tenido conocimiento, aún indiciario, de que las personas o entidades obligadas incumplen las obligaciones sobre publicidad activa que se establecen en el Título II de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, o las obligaciones en materia de participación y colaboración ciudadana establecidas en el Título IV de la misma Ley.